SANCIONADOS TRES CONCEJALES POR TRANSFUGISMO.
RESOLUCION Nº 2465
(17 de Febrero de 2010)
“Por la cual se avoca conocimiento de una queja disciplinaria y se ordena la suspensión provisional en el ejercicio del derecho a voz y voto a tres miembros de la bancada Liberal del Concejo Municipal ya dos miembros del Directorio Municipal de HONDA Tolima y se da traslado al Tribunal Nacional Disciplinario la queja presentada en contra del Veedor Municipal de HONDA.”
LA DIRECCION NACIONAL LIBERAL
En ejercicio de las facultades constitucionales, legales, estatutarias y,
CONSIDERANDO
Que mediante resolución N° 2337 del 21 de enero de 2010, la Dirección Nacional Liberal reglamentó el artículo primero transitorio de la proposición aprobada por el IV congreso Nacional del Partido Liberal Colombiano, celebrado los días 12 y 13 de diciembre en la ciudad de Bogotá D.C, otorgando potestad disciplinaria al Director Nacional del Partido para conocer de las faltas cometidas por los miembros integrantes de las bancadas de esta colectividad en el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales, los concejos Municipales y las juntas Administradoras Locales, así como a los miembros de los Directorios Liberales Territoriales y Locales.
Que el día Tres (03) de enero de dos mil diez (2010), los señores JOSÉ YESID RIVERA Y OSCAR GOMEZ miembros del comité cívico Liberal del
Departamento de HONDA Tolima, presentaron queja Disciplinaria en contra de los Concejales JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA; en contra de los miembros del Directorio Municipal de
HONDA Tolima los Doctores PEDRO ROA, EDGAR LEON y el veedor del partido Liberal en el Municipio de HONDA Tolima el Doctor LUIS CARLOS ARIAS por presunta DOBLE MIITANCIA, fundamentándose en los hechos que a continuación se transcriben textualmente:
“1- como está probado en los documentos que adjunto tanto los señores Concejales como el veedor y los miembros del Directorio Liberal de Honda, abandonaron o mejor desertaron del Partido sin formula de juicio o razón política valedera y traicionaron al Partido Liberal y se sumaron como lo hicieron al Partido de la .
Los abajo firmantes nos sentimos engañados por cuanto nuestra voluntad y nuestra capacidad de elegir fue dirigida a la elección de los concejales como la del veedor y miembros del directorio dentro del partido Liberal Colombiano es decir, utilizaron a los electores del partido Liberal por cuanto ahora, desarrollan una plena actividad política a favor o en beneficio del partido de la como lo prueban las fotografías en donde están en plena actividad proselitista a favor del candidato del partido de la al senado y la Cámara.”
Que en conformidad con lo dispuesto en el articulo sexto de la resolución Nº2337 del 21 de enero de 2010 evaluadas las pruebas si llegare haber merito La Dirección Nacional de Partido procederá a suspender hasta por tres (03) meses al respectivo miembro de la bancada en el ejercicio del derecho de voz y voto en la corporación a la cual pertenece.
Para los miembros de los Directorios Liberales Territoriales que incurran en desacato a las directrices del Partido o que incumplan en el ejercicio de la dignidad que le haya otorgada, la sanción será la de suspender el ejercicio de sus funciones por el termino de tres (03) meses.
Que los denunciantes aportan en su escrito los siguientes elementos probatorios:
1. Nueve fotografías Físicas de recorrido de campaña del candidato al SENADO de la república el Doctor JUAN LOZANO y el candidato a la Cámara de representantes por el departamento del Tolima CARLOS EDWARD los dos miembros del PARTIDO DE INTEGRACION NACIONAL PARTIDO DE LA .
A) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor PEDRO ROA integrante del Directorio Municipal de Honda Tolima y al Doctor LUIS CARLOS ARIAS como VEEDOR del Partido Liberal en el Municipio de Honda Tolima.
B) FOTOGRAFIA: Registra a los Doctores MAURICIO BONILLA Y ANDRES GALEANO concejales en ejercicio avalados para esta candidatura por el Partido Liberal, este ultimo integrante del Directorio Municipal de Honda y al Doctor PEDRO ROA integrante del Directorio Municipal de Honda Tolima.
C) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor ANDRES GALEANO.
D) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor JUAN MANUEL GARCIA Concejal en ejercicio avalado por el Partido Liberal Colombiano y miembro del Directorio propiciando un discurso, los Doctores MAURICO BONILLA Y ANDRES GALEANO.
E) FOTOGRAFIA: Registra a los Doctores JUAN MANUEL GARCIA, ANDRES GALEANO Y LUIS CARLOS ARIAS.
F) FOTOGRAFIA: Registra a los Doctores ANDRES GALEANO, JUAN MANUEL GARCIA.
G) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor LUIS CARLO ARIAS.
H) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor EDGAR LEON propiciando un discurso, miembro del Directorio Liberal Municipal de Honda.
I) FOTOGRAFIA: Registra al Doctor MAURICIO BONILLA.
Que los elementos probatorios aportados por los denunciantes, se demuestra, de manera sumaria, la existencia de una conducta violatoria a la normatividad, de los estatutos cita en su articulo 13 en los numerales 1º, 2º 5º, 6, 8, y9º que justifica la apertura de la investigación disciplinaria y aplicación de la suspensión provisional en el ejercicio del derecho a voz y voto, en los términos de la Resolución N° 2337 del 21 de enero de 2010, expedida por la Dirección Nacional Liberal.
En merito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. Avocar conocimiento de la queja disciplinaria presentada por los señores JOSE YESID RIVERA y OSCAR GOMEZ en contra de los Concejales JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA del municipio de Honda Tolima, de los Doctores PEDRO ROA Y EDGAR LEON MIEMBROS del Directorio Liberal Municipal de Honda Tolima y de LUIS CARLOS ARIAS veedor Municipal de Honda.
ARTICULO SEGUNDO. Suspender por tres meses (03) en el ejercicio de sus funciones a los Concejales JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA del municipio de Honda Tolima, a los Doctores PEDRO ROA Y EDGAR LEON MIEMBROS del Directorio Liberal Municipal de Honda Tolima y a LUIS CARLOS ARIAS veedor Municipal de Honda, por incurrir en desacato a las directrices del Partido e incumplir en el ejercicio de la dignidad que le fue otorgada.
ARTICULO TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a los Concejales JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA, de los Doctores PEDRO ROA Y EDGAR
LEON MIEMBROS del Directorio Liberal Municipal de Honda, Tolima y de el Doctor LUIS CARLOS ARIAS Veedor Municipal de Honda, para que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación presente los argumentos que considere pertinentes con relación a la referida queja disciplinaria, aporte y solicite las pruebas que pretenda hacer valer dentro de esta investigación.
ARTICULO CUARTO: Dar traslado al Tribunal Disciplinario de la queja en contra de los Doctores JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA, PEDRO ROA Y EDGAR LEON y LUIS CARLOS ARIAS para su conocimiento y fines pertinentes, así como para el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo séptimo de la resolución N° 2337 del 21 de enero de 2010.
ARTICULO QUINTO: Notificar la presente Resolución a los Concejales del municipio de Honda, Tolima, Doctores JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, MAURICIO BONILLA, a los miembros del Directorio Liberal Municipal de Honda Tolima Doctores PEDRO ROA, EDGAR LEON, JAIRO ANDRES GALEANO BULLA, JUAN MANUEL GARCIA, al veedor Liberal del Municipio de Honda, Tolima, el Doctor LUIS CARLOS ARIAS, al presidente del Directorio Municipal de Honda, Tolima, al Presidente del Directorio Departamental de Tolima, al presidente del Concejo Municipal de honda.
ARTICULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
Dada en Bogotá D.C
COMUNÍQUESE, DIVÚLGUESE Y CÚMPLASE
RAFAEL PARDO RUEDA
Director Nacional
JORGE MUÑOZ PINZÓN
Secretario General (E)
jueves, 18 de febrero de 2010
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