INSTALACIÓN DE DIRECTORIOS MUNICIPALES Y DEPARTAMENTALES:
Ningún directorio se puede instalar hasta tanto haya sido ratificado por la asamblea respectiva. La Veeduría Nacional le solicita el favor a todos los directoristas que no cometan esa equivocación. Primero se instala la Asamblea respectiva, allí se ratifica el directorio y luego éste se reune para elegir sus directivas y comenzar su trabajo.
martes, 10 de noviembre de 2009
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