Bogotá D.C., diciembre 3 de 2007
Señores
TRIBUNAL NACIONAL DISCIPLINARIO
Partido Liberal Colombiano
Ciudad
Referencia: Nombramiento de los Magistrados de los Tribunales Disciplinarios del Partido Liberal Colombiano en los departamentos.
Apreciados Magistrados:
La nueva reglamentación del régimen de bancadas de los miembros del Partido Liberal Colombiano en las Asambleas departamentales, Concejos municipales y en las Juntas Administradoras Locales, dice que los Tribunales Disciplinarios departamental o distrital serán la primera instancia en los procesos disciplinarios que se adelanten contra los miembros de las bancadas liberales en las Corporaciones territoriales.
El artículo 44 del Código Disciplinario dice que los Tribunales seccionales estarán integrados por cinco miembros principales y el artículo 45 señala que será el Tribunal Nacional Disciplinario el que los designe.
En estas condiciones, es preciso que Uds. asuman esta función en el menor tiempo posible y para ello, con todo respeto, me permito sugerirles que comiencen por recoger unas hojas de vida de los posibles candidatos entre los Parlamentarios, los Directorios Departamentales y los Veedores Departamentales del Partido, para que de un abanico amplio de candidatos Uds. puedan seleccionar las mejores hojas de vida y llenar esas vacantes.
Reciban un cordial saludo.
RODRIGO LLANO ISAZA
Veedor Nacional y Defensor del Afiliado
lunes, 3 de diciembre de 2007
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